Según se puede leer en el comunicado emitido por la entidad sudamericana el jugador habría infringido el artículo 15.1 del Código Disciplinario. "Suspender el jugador Pablo Daniel Ceppelini Gatto por un periodo de 4 (cuatro) meses de participar en competiciones organizadas por la CONMEBOL por la infracción artículo 15.1 del Código Disciplinario. El cómputo de la sanción inicia desde el día siguiente de la notificación de la presente decisión", se puede leer en los estipulado.

¿Qué dice el Artículo 15.1 del Código Disciplinario de la Conmebol?
El Artículo 15.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL establece lo siguiente: "Cualquier persona que, a través de cualquier medio, insulte o atente contra la dignidad humana de otra persona o grupo de personas por motivos de color de piel, raza, etnia, sexo, orientación sexual, idioma, credo, origen social, posición económica, discapacidad, o cualquier otra condición, será sancionada con una suspensión de al menos diez (10) partidos o cuatro (4) meses, dependiendo de la naturaleza de la infracción y de las circunstancias del caso". Este artículo se centra en sancionar actos de discriminación o comportamientos que afecten la dignidad humana en el contexto de las competiciones organizadas por la CONMEBOL.
Reacción de Alianza Lima ante la sanción a Pablo Ceppelini
Alianza Lima, tras enterarse de la medida interpuesta al jugador uruguayo, comunicó que apelaran ante la CONMEBOL. "Hemos recibido la notificación de la sanción impuesta por la CONMEBOL a nuestro futbolistas Pablo Ceppelini, la cual consiste en una suspensión de cuatro meses por la supuesta infracción al artículo 15.1 del Código Disciplinario de dicha institución. Consideramos que esta sanción no se ajusta a la realidad de los hecho y pruebas, por lo que procederemos a presentar el recurso correspondiente a la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL", se lee en el comunicado.
Comunicado de Alianza Lima tras sanción a Pablo Ceppelini
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